LENGUAS Y DEMOCRACIA

Derecho a usar libremente la lengua propia

A LA OPINIÓN PÚBLICA

Pronunciamiento de los profesores de la Sección de Lingüística de la Pontificia Universidad Católica del Perú

1. La Lingüística, como ciencia que describe y explica los variados usos del lenguaje, ha demostrado que todas las lenguas –y sus variedades tanto geográficas como sociales–, sean indígenas u occidentales, con escritura o sin ella, oficiales o no, y al margen del número de usuarios que tengan, tienen el mismo valor como instrumentos de pensamiento y comunicación. Considerar una lengua, o alguna de sus variedades, como superior a otra no tiene ningún fundamento científico, y constituye, por lo tanto, un prejuicio inaceptable.

2. Ocurre, sin embargo, que algunas lenguas o variedades gozan de mayor prestigio que otras. Pero esto no obedece a que algunas de ellas sean lingüísticamente superiores, sino a que, como resultado de relaciones asimétricas de poder constituidas a lo largo de la historia, muchos pueblos y, con ellos, sus lenguas, han sido oprimidos, marginados y excluidos económica, social, cultural y políticamente. Por consiguiente, el prestigio o supuesta superioridad de una lengua o variedad refleja una valoración social de carácter etnocéntrico y, de ninguna manera, una condición intrínseca de estas.

3. Por lo expuesto, consideramos que despreciar o maltratar a una persona por la lengua o variedad que hable constituye un acto violento de discriminación social, condenable al igual que cualquier otra forma de discrimen. Asimismo, subrayamos que, si bien este tipo de actos son censurables cuando parten de cualquier ciudadano, lo son aún más cuando provienen de quienes ejercen cargos públicos y de representación nacional (Artículo 323 del Código Penal).

4. En consecuencia, nos pronunciamos a favor de toda iniciativa razonada, madurada a través de un diálogo plural, que lleve a revertir las prácticas lingüísticas discriminatorias existentes en nuestro país y que conduzca a que cada persona esté en condiciones de usar libremente su propia lengua o variedad en cualquier situación, como lo señala la Constitución Política del Perú (Artículo 2, inciso 19: Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete). Por lo demás, como la historia lo demuestra, ninguna iniciativa resulta suficiente si esta no va acompañada de medidas concretas que garanticen, de manera efectiva y sostenida, el ejercicio pleno y equitativo de los derechos lingüísticos de todos los peruanos.

5. Dadas la marginación histórica en que ha vivido la población nativa del Perú y la desigual jerarquización de sus idiomas frente al castellano, muchas de sus lenguas y de sus respectivas variedades se encuentran en riesgo de desaparecer o tienden a debilitarse, lo que pone en grave peligro de pérdida cultural al país en su conjunto y, en particular, a los grupos indígenas amenazados. Por ello, el Estado debe velar de manera especial por asegurar los derechos lingüísticos de estos pueblos, amparados por la recientemente aprobada Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la que el Perú es signatario (Artículo 13: 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales […]. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados).

6. El derecho a usar la propia lengua y a que esta goce de las condiciones para desarrollarse plenamente no sólo es una reivindicación de pueblos indígenas peruanos que han sido históricamente marginados, como han recordado en reciente pronunciamiento los trabajadores del Programa de Formación de Maestros Bilingües de la Amazonía Peruana (FORMABIAP), sino que, además, constituye parte sustancial de los esfuerzos encaminados a hacer realidad los derechos fundamentales de la persona y a defender la dignidad humana.

7. Al respecto, nos complace reconocer lo oportuno y ejemplar de la declaración hecha por los estudiantes de Lingüística de esta Universidad en una edición anterior de PuntoEdu (edición N° 90, pág. 8), pues refleja no sólo su madurez en la plena comprensión del tema en debate, sino también su compromiso ético y solidario con el desarrollo justo y armónico de nuestra sociedad.

Lima, 26 de septiembre de 2007

Fuente:
http://www.pucp.edu.pe/noticias_pucp/index.php?option=com_content&task=view&id=2198&Itemid=41